Plusvalía herencia

Plusvalía
herencia

¿Qué es la plusvalía municipal?

Se trata de un tributo directo de ámbito y gestión municipal, denominado técnicamente Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos Urbanos (IIVTNU) que grava el aumento de valor experimentado por un terreno de naturaleza urbana que se ponga de manifiesto en el momento de la transmisión de un bien inmueble.
El acto de transmisión puede ser mortis causa, es decir, a consecuencia de una sucesión por fallecimiento. En tal caso a efectos fiscales, si una persona hereda un inmueble de naturaleza urbana, además del impuesto de sucesiones, habrá que hacer frente también a la plusvalia municipal herencia cuando haya habido un incremento de valor del terreno sobre el que está edificada la vivienda heredada.

¿Cuándo se paga plusvalia herencia?

El plazo para pagar plusvalía por herencia es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento (art. 110.2.b) TRLRHL), al ser ese día cuando se produce el devengo del tributo (art. 109.1.a) TRLRHL), con independencia de cuando se produzca la aceptación de la herencia y se formalice la partición o de la realización posterior de actos de disposición patrimonial por la persona heredera.

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Cuándo se paga plusvalia herencia

El plazo para pagar plusvalía por herencia es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento (art. 110.2.b) TRLRHL), al ser ese día cuando se produce el devengo del tributo (art. 109.1.a) TRLRHL), con independencia de cuando se produzca la aceptación de la herencia y se formalice la partición o de la realización posterior de actos de disposición patrimonial por la persona heredera.

El sujeto pasivo podrá solicitar una prórroga de hasta un año para presentar la declaración de plusvalia por herencia.

El incumplimiento de la obligación tributaria o el cumplimiento fuera de plazo puede dar lugar a la aplicación de recargos, intereses de demora y sanciones por parte de la Administración local.

¿Quien paga la plusvalia en una herencia?

El obligado al pago del tributo es la persona heredera beneficiaria de la transmisión del inmueble. Si con posterioridad el heredero transmite la propiedad mediante su venta, vendrá nuevamente obligado a tributar por este impuesto en cuyo caso el cálculo se realiza desde la fecha anterior de adquisición cuando tuvo lugar la plusvalía por herencia.

El incumplimiento de la obligación tributaria o el cumplimiento fuera de plazo puede dar lugar a la aplicación de recargos, intereses de demora y sanciones por parte de la Administración local.

¿Cuánto se paga de plusvalía por herencia?

En términos generales, el importe del impuesto será mayor cuanto más alto sea el precio de la vivienda heredada.

Para calcular plusvalía herencia, el art. 107 TRLRHL establece dos métodos posibles para determinar la base imponible, a fin de que el contribuyente pueda optar por aquel cuyo resultado le resulte más beneficioso:

Se obtiene al multiplicar el valor del terreno en el momento del devengo por el coeficiente correspondiente al número de años del periodo de generación.

El cálculo de plusvalía por herencia también se puede obtener por la diferencia de los valores del terreno entre la fecha de transmisión y la de adquisición.

Antes de pagar plusvalía por herencia hay que constatar la inexistencia de aumento de valor del terreno teniendo en cuenta la diferencia de valor entre la fecha de adquisición por la persona fallecida y la fecha de transmisión cuando se produjo el fallecimiento, ya que si no se ha producido ningún incremento de valor durante ese periodo no está sujeto a tributación. En este caso, para evitar pago plusvalía herencia por inexistencia de incremento de valor, el contribuyente deberá declarar el acto de transmisión, aportar los títulos tanto de la adquisición como de la transmisión y acreditar la inexistencia del incremento de valor por cualquier medio de prueba válido en derecho: escrituras públicas, informe pericial y cualquier otro previsto en el artículo 106 de la Ley General Tributaria y en la doctrina jurisprudencial.

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Bonificación plusvalía herencia

Cuando la plusvalia herencia recae sobre la vivienda habitual de la persona fallecida y la transmisión tiene lugar a favor del cónyuge, sus descendientes o ascendientes directos se podrá solicitar por éstos una bonificación en el pago de plusvalía por herencia.
Las bonificaciones plusvalía por herencia dependen de cada municipio y se aplican sobre las cuotas, normalmente por tramos del valor catastral, con porcentajes de bonificación que oscilan entre el 40 % y hasta el 95 %, según la Ordenanza municipal en vigor del Ayuntamiento en el que se encuentre la vivienda.

Cuándo prescribe la plusvalía de una herencia

El plazo de prescripción plusvalia herencia es de cuatro años a contar desde el día siguiente al que haya finalizado el plazo para declarar o presentar la autoliquidación o, en su caso, desde cuando finalice el plazo para efectuar el pago del periodo voluntario, teniendo en cuenta que el devengo se produce en la fecha de fallecimiento del causante de la herencia.

Cuando concurren varios obligados tributarios, cualquiera de ellos puede solicitar a la Administración dividir la obligación aportando la identidad, el domicilio y la proporción correspondiente de cada obligado.

Reclamar plusvalía herencia

En los casos de exención plusvalía municipal herencia por inexistencia de incremento de valor del terreno se puede solicitar la correspondiente anulación de la liquidación o, en su caso, presentar la rectificación de la autoliquidación y el derecho a la devolución de ingresos indebidos, conforme al recurso plusvalía herencia y dentro de los plazos que en cada caso proceda:

Un mes cuando es el Ayuntamiento el que practicó la liquidación.

La pérdida de valor habrá que demostrarla respecto a la valoración que tuviera el inmueble en el momento del fallecimiento. Siempre resulta recomendable pagar la plusvalía municipal herencia y posteriormente reclamar para evitar la imposición de recargos e intereses de demora por incumplimiento de la obligación tributaria.